Con
relación a este tópico a juzgar por los estereotipos que van apareciendo que
colocan a los sujetos autores de los ilícitos cometidos a través de la
informática y en especial de Internet como una especie de “delincuentes” y por
las connotaciones que toman algunas maniobras que causan daños varios en ese
medio, es evidente que se está ante una nueva forma de criminalidad. El
continuo avance de la tecnología en el mundo globalizado está provocando un
fenómeno de poder que desborda a los poderes políticos locales y no resulta
fácil hallar paliativo a conflictos como éste en el que las acciones criminales
trascienden tales límites.
Podemos ensayar los factores condicionantes que operan al
respecto formulando una clasificación que considera:
Sus Causas: Si tomamos las acciones que se producen en
Internet como todas aquellas que vulneran la privacidad de determinados datos,
y las conductas perjudiciales que se efectivizan utilizando el medio
informático en general, vemos que su causa puede obedecer a factores:
Familiares: El nivel social al que pertenecen los sujetos que
pueblan el mundo de la informática, por lo general es de medio a alto por cuanto
provienen de una extracción que les pudo proporcionar estas herramientas para
alcanzar las metas que la cultura social les estaba proponiendo.
Sociales:
Se destaca la raigambre condicionante que va adquiriendo la ambición de Poder y
riqueza como metas primordiales de la sociedad de consumo en particular en las
clases nombradas. La tendencia al agrupamiento o formación de “grupos
económicos” en continua expansión y la globalización de la economía son
factores que dieron plafon al crecimiento de la informática y paralelamente la
aparición de Internet con las ventajas que ello les ofrecía, en una palabra el
progreso tecnológico de las comunicaciones permitieron transacciones que, en
segundos conllevaron a un mayor poder económico y político extranacional.
Tipología de conductas
En un enfoque más sociológico del tema distinguiremos:
Maniobra y Delitos (con la salvedad que, careciendo nuestro
país de una legislación penal al respecto el término delito no resulta
aplicable). A su vez esas maniobras pueden producirse afectando el ámbito
público como privado, y las conductas adoptan casi siempre una modalidad
individual aunque pueden ser también grupales. Continuando con esta tipología
definimos maniobra como acción que se lleva a cabo con habilidad para conseguir
un determinado fin Táctica (en ejercicios militares) como una de las acepciones
del vocablo. Se llevan a cabo con el fin de perjudicar a otro y beneficiarse
sea a sí mismo o usurpando derechos y/o eludiendo obligaciones, en una palabra
son conductas destinadas al engaño. En todos los casos dicha conducta posee un
patrón: la inescrupulosidad no importando el efecto del proceder ni la
manipulación que se hace de las ocasionales víctimas.(por ejemplo: intromisión en un
sistema o de su destrucción por un “virus”) .Son conductas que, practicadas a través
del uso personal de una computadora repercuten en el ámbito socio jurídico,
algunas no sólo afectan al patrimonio privado (compras electrónicas utilizando
datos de una tarjeta ajena por ejemplo), sino también patrimonios nacionales
y/o causan daños de otra especie no susceptibles de valoración económica. Otra
división en lo que hasta ahora llamamos “maniobras” se refiere entonces al modo
de comisión (sería una consecuencia de lo anterior) o sea pueden practicarse en
pequeña escala y en gran escala.
En pequeña escala: fraudes individuales al comercio
minorista, ofrecimiento de servicios induciendo con una falsa imagen, y en Gran
escala: se trata de aquéllas maniobras que suceden a nivel estatal o en grandes
corporaciones y/o industrias, capaces de afectar tanto el orden político
interno como externo, o producir un ataque masivo a datos confidenciales
empresariales redundando en un perjuicio económico o político. Es el caso de
empleados infieles que logran penetrar en secretos del sistema provocando, desde
el daño al mismo, hasta violaciones a esa información confidencial logrando
ingresar a circuitos presuntamente invulnerables y/o causar ataques masivos
sobre datos con posibilidad de producir daños económicos de importancia .
También podemos señalar, - se aplicaría para ambos casos y como causas
mediatas-, acciones destinadas a obtener ventajas a través de la ocupación sea
en el :
Ámbito privado: caso de altos jefes de empresas que venden
información, previa sustracción del sistema para lucrar con ella, (espionaje
informático) y mediante este mecanismo pueden instalar su propio negocio, hasta
venta de influencias a través de la red. y en el Ámbito público: cuando hacen
una utilización desaprensiva de la persona jurídica creada al efecto de burlar
intereses pecuniarios, como operaciones bajo el nombre de sociedades ficticias
para producir rápidas transacciones, o perpetran maniobras en los sistemas de
bancos u otras entidades financieras, públicas o privadas, (alteración a un
sistema bancario para lograr ocultamiento de evidencias al efectuar
transferencias de fondos a cuentas personales). Es característica común de esta
tipología de conductas el sentido de la oportunidad que evidencian sus autores
en todos los casos y su claridad de juicio: hay especificidad técnica y alto
grado de conocimientos así como capacitación por la práctica que otorga el uso
permanente de una computadora.Es público y notorio que a veces se ha llegado a
hablar de “adicción a la misma” por el grado de contracción que provoca en sus
usuarios y en especial los más jóvenes ante el descubrimiento de sus
posibilidades.
Objetivos
Objetivos Inmediatos:
La posibilidad de obtener beneficios, que pueden no ser
económicos, en los que está presente el factor “poder” que involucra este
manipuleo de personas y/o entes. La asunción desinhibida de riesgos que ello
implica, y las débiles o escasas consecuencias jurídicas, o bien dicho la falta
de impunidad de que gozan la mayoría casi siempre y que circunscriben el
terreno a las simples maniobras o a “hechos” de consecuencias a veces civiles.
Sobre la base de lo expuesto los delitos que puedan cometerse a través de la
computadora encontramos que pueden ser ilícitos pluriofensivos (fraudes a la
industria y comercio por ej.) y violaciones en entes públicos, como se vió,
(bancos, entidades financieras no bancarias) organismos recaudadores, donde al
introducirse violan normativas específicas en una conducta merecedora de
reproche penal. Pueden efectuarse fraudes con tarjetas de crédito, evasiones
impositivas, y vaciamientos a través de transferencias electrónicas de fondos,
como desvíos a cuentas personales, apropiación de información con consecuencias
económicas o no, violación de secretos de estado, en una gama de conductas que,
como las vistas en apretada síntesis muestran como común denominador la
especificidad, el dominio de conocimientos informáticos lo que autorizarían a
configurar estos hechos, de tipificarse de alguna forma, como delitos
especiales impropios. No soslayamos la ejecución de delitos de carácter
financiero cuando estas conductas tienen lugar en entes que intermedian entre
la oferta y la demanda y estos sujetos pueden interferir entre ellos provocando
desde bajas de acciones hasta caos financieros a niveles superiores o perpetrar
falseamientos de datos contables, y/o lavado de dinero. Estos tipos conllevan
especialmente el manejo del factor “poder” que desean adquirir sus autores, sin
desmerecer la ambición de riqueza que los mantiene en estas actividades.
Objetivos Mediatos: El dictado de normas legales específicas
o leyes penales a fin de tipificar esa amplia gama de conductas que a falta de
estigmatización sólo son censuradas con la crítica e indignación que provocan y
la más de las veces quedan des incriminadas.
Otra característica de esta criminalidad. Puede hallarse en
las formas de perpetración: Individuales: Se trata de sujetos que actúan
solitariamente, a veces en forma temporalmente aislada, pero sin asociarse
siendo otra característica que a veces su formación es autodidacta y sólo les
basta su habilidad y rapidez con los ordenadores, a diferencia del estafador
común que por lo general puede acusar rasgos determinados como su encanto
personal y despliegue de seducción, gustos refinados, que debe hacer a efectos
de captar a sus posibles víctimas. Acá se trata de seres que no pueden seducir
a nadie visualmente y se mueven en el anonimato que otorga la invisibilidad, no
pudiendo descartarse (ya en un enfoque psicológico del tema, válido si
consideramos la necesidad de la interdisciplina a fin de aunar esfuerzos en pro
del derecho penal), una naturaleza violenta dominada por la frialdad de su
actitud y repito claridad de criterio que los hace ser los mejores en lo suyo.
Conductas colectivas: o agrupadas se dan en los casos en que interactúan con
“socios” que los secundan o dirigen en sus quehaceres con la facilidad en este
ámbito, y para ellos, que pueden hallarse simultáneamente en lugares físicos
diferentes para llevar a cabo la conducta, lo que sofistica el proceder.



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